G-103 B INF Registro de contratos de suministro de gas natural en el mercado secundario 2024
Respetados señores:
La Bolsa Mercantil de Colombia en su calidad de Gestor del Mercado de Gas Natural se permite recordar a los participantes del mercado, las fechas establecidas para el registro de contratos de suministro de gas natural en el mercado secundario que inicien el 1° de diciembre de 2024, conforme lo establecido en el Artículo 27, parágrafo 5 del Artículo 40 de la Resolución CREG 186 de 2020, parágrafo 2 y el parágrafo 3 al artículo 33 de la Resolución CREG 186 de 2020 adicionados mediante el artículo 14 de la Resolución CREG 102 009 de 2024:
Contratos de suministro de gas en el mercado secundario bajo cualquier modalidad contractual, exceptuando interrupciones y que inicien el 1° de diciembre de 2024: se deberán registrar en SEGAS el 1° de diciembre de 2024.
Contratos de suministro de gas con interrupciones en el mercado secundario que inicien el 1° de diciembre de 2024: se deberán registrar en SEGAS entre el 20 y 25 de noviembre de 2024.
Es importante tener en cuenta que para el registro de dichos contratos suministro de gas natural con interrupciones y para los casos de contratos bajo modalidades contractuales que garanticen firmeza y cuya ejecución contractual se encuentre fuera de la excepción mencionada en el parágrafo 2 del artículo 33 de la Resolución CREG 186 de 2020, todos los agentes que deseen hacer negociaciones directas en el mercado secundario, están obligados a entregar la información establecida en dicho artículo, antes de adelantar cualquier negociación de compraventa. De esta manera se recomienda a los agentes del mercado realizar la declaración de las posturas de “Ofertas de venta” y “Solicitudes de compra” en el tablero de negociación directa en SEGAS antes del 01 de diciembre de 2024, por medio de la ruta Subasta >> Negociación Directa >> Tablero de Negociación directa y puedan llevar con éxito el registro de dichos contratos.
En caso de no cumplirse con estos requisitos, el gestor del mercado deberá informarlo a las partes, abstenerse de registrar el contrato y dar aviso a las autoridades de vigilancia y control.
Cualquier inquietud al respecto, con gusto será atendida a través del correo electrónico gestordegas@bolsamercantil.com.co o a través de la línea (1) 6292529 Ext. 601 – 629 – 715 – 764 – 776 – 777 – 850.
Cordialmente,
MARIA CLAUDIA ALZATE MONROY
Directora del Gestor del Mercado de Gas Natural
Bolsa Mercantil de Colombia
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